Incluido en la revista Ocronos. Vol. IX. N.º 11–Noviembre 2026.
Pág. Inicial: Vol. IX; N.º 11: 36
Autor principal (primer firmante): Anaroa Monteiro Ferreira
Fecha recepción: 05/10/2026
Fecha aceptación: 01/11/2026
Ref.: Ocronos. 2026;9(11): 36
Autores:
- Anaroa Monteiro Ferreira
- Jesus Martinez Vigil-Escalera
Introducción
El personal que trabaja en el ámbito sanitario desarrolla su actividad en un entorno caracterizado por la atención continuada, el trabajo a turnos, la responsabilidad asistencial y la necesidad de garantizar la continuidad de los servicios. En este contexto, los permisos laborales constituyen una herramienta fundamental para compatibilizar las obligaciones profesionales con las circunstancias personales y familiares de los trabajadores.
En el caso del Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA), el régimen de permisos debe entenderse dentro de un marco normativo específico. El personal estatutario de los servicios de salud está sometido principalmente a la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco, además de la normativa básica sobre empleo público y de las disposiciones y acuerdos aplicables en el Principado de Asturias. La normativa asturiana establece, además, que el personal estatutario y funcionario de los centros e instituciones sanitarias del SESPA se rige por su normativa específica, aplicándose determinadas normas autonómicas con las particularidades correspondientes.
Los permisos permiten atender situaciones como enfermedad o accidente de familiares, fallecimientos, matrimonio, deberes inexcusables, asistencia a exámenes, conciliación de la vida familiar y laboral o necesidades relacionadas con el cuidado. Su concesión y duración dependen del supuesto concreto y de la normativa vigente en cada momento, por lo que es importante distinguir entre los permisos retribuidos, los no retribuidos, las licencias y otras medidas de conciliación.
Para un profesional sanitario, conocer estos derechos no solo facilita una correcta planificación de su vida laboral y personal, sino que también contribuye a realizar las solicitudes de forma adecuada, aportando la documentación justificativa cuando sea necesaria y respetando los procedimientos establecidos por el centro de trabajo.
Palabras clave: permisos laborales; personal sanitario; SESPA; personal estatutario; conciliación; permisos retribuidos; permisos no retribuidos; licencias; vacaciones; derechos laborales.
Objetivos
- Conocer el concepto y la finalidad de los permisos laborales en el ámbito sanitario.
- Identificar los principales tipos de permisos que pueden afectar al personal del SESPA.
- Diferenciar permisos retribuidos, permisos no retribuidos, licencias y vacaciones.
- Relacionar los permisos con la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
- Comprender la importancia de solicitar y justificar correctamente los permisos.
- Favorecer una utilización responsable de los derechos laborales, compatible con la continuidad asistencial.
Desarrollo
El régimen de permisos de los empleados públicos sanitarios combina derechos individuales con las necesidades de organización de los servicios. La Ley 55/2003 reconoce al personal estatutario el derecho al descanso necesario mediante la limitación de la jornada, las vacaciones periódicas retribuidas y los permisos en los términos establecidos por la normativa.
En Asturias, la Ley 7/2019, de Salud, establece que el régimen de jornada y descansos del personal estatutario del SESPA debe atender a la regulación básica contenida en el Estatuto Marco y señala la necesidad de establecer criterios que faciliten la conciliación de la vida familiar y laboral, siempre compatibles con la naturaleza del puesto y con las necesidades del servicio.
Por ello, los permisos no deben contemplarse únicamente como una cuestión administrativa. Son también un instrumento de protección de los trabajadores y de organización racional de los recursos humanos.
Permisos retribuidos
Los permisos retribuidos son aquellos en los que el trabajador puede ausentarse del puesto de trabajo durante el tiempo reconocido legalmente, manteniendo el derecho a la correspondiente retribución cuando se cumplen los requisitos del supuesto.
Entre los principales motivos se encuentran determinadas circunstancias familiares, como fallecimiento, accidente, enfermedad grave u hospitalización de familiares; situaciones relacionadas con matrimonio o pareja de hecho cuando así lo contemple la normativa aplicable; asistencia a exámenes y pruebas cuando concurran los requisitos establecidos; cumplimiento de deberes inexcusables de carácter público o personal; y otros supuestos vinculados a la conciliación.
La duración del permiso no es idéntica en todos los casos. Puede depender del grado de parentesco, de la situación concreta, de la existencia de desplazamiento o de las condiciones establecidas por la normativa vigente. Por esta razón, ante una situación concreta debe consultarse la regulación actual y las instrucciones internas del SESPA o del centro correspondiente.
En el ámbito sanitario, la correcta comunicación del permiso resulta especialmente importante cuando se trabaja a turnos. Avisar con la mayor antelación posible permite reorganizar la actividad y reducir el impacto sobre el resto de profesionales y sobre la atención a los pacientes.
Permisos relacionados con enfermedad, accidente, hospitalización y fallecimiento
Uno de los grupos más frecuentes de permisos es el relacionado con situaciones de salud que afectan al propio trabajador o a determinados familiares.
Cuando se produce un accidente, una enfermedad grave, una hospitalización o una intervención quirúrgica de un familiar en los supuestos reconocidos por la normativa, el trabajador puede disponer del permiso correspondiente. La regulación establece quiénes son los familiares incluidos y las condiciones que deben cumplirse.
También existen permisos vinculados al fallecimiento de familiares. En estos casos, la duración puede variar según el parentesco y otras circunstancias previstas legalmente.
Para hacer uso de estos permisos normalmente se requiere acreditar el hecho causante mediante la documentación correspondiente. Puede ser necesario aportar justificante de hospitalización, certificado médico, documento acreditativo del fallecimiento u otra documentación equivalente, siempre respetando la normativa sobre protección de datos personales.
El trabajador debe comunicar la situación siguiendo el procedimiento establecido por su unidad o centro. En situaciones imprevisibles, la comunicación puede realizarse posteriormente, justificando la ausencia a la mayor brevedad posible según las instrucciones aplicables.
Conciliación de la vida personal, familiar y laboral
La conciliación constituye uno de los objetivos fundamentales del sistema de permisos. El trabajo sanitario puede implicar turnos de mañana, tarde y noche, fines de semana y festivos, por lo que la organización de los tiempos laborales tiene una importancia especial.
Dentro de las medidas de conciliación pueden encontrarse permisos relacionados con nacimiento, adopción, cuidado de hijos, lactancia, reducción de jornada y atención a familiares en determinadas situaciones. Algunas de estas medidas no son propiamente permisos breves, sino derechos de mayor duración o fórmulas de adaptación y reducción de la jornada.
El objetivo es permitir que el trabajador pueda atender responsabilidades familiares sin abandonar necesariamente su actividad profesional. La conciliación también se relaciona con la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, ya que el reparto equilibrado de las tareas de cuidado favorece que las responsabilidades familiares no recaigan de manera desproporcionada sobre una sola persona.
El propio programa de igualdad del SESPA contempla entre sus objetivos favorecer la conciliación y la corresponsabilidad, así como informar a la plantilla sobre permisos, licencias y excedencias relacionados con la vida personal y familiar.
Permisos por deberes, estudios y otras circunstancias
Existen permisos vinculados al cumplimiento de determinados deberes inexcusables de carácter público o personal, siempre que se den las condiciones establecidas en la legislación. Su finalidad es permitir que el trabajador pueda atender obligaciones que no pueden realizarse fuera del horario laboral.
También pueden existir permisos para concurrir a exámenes finales y otras pruebas definitivas de aptitud o evaluación, de acuerdo con la regulación aplicable. Para utilizar estos derechos puede ser necesario justificar la asistencia al examen o acreditar las circunstancias correspondientes.
Estos permisos son especialmente relevantes para profesionales que continúan formándose. La actualización de conocimientos es esencial en sanidad debido a la evolución de las técnicas, los procedimientos, la tecnología y la evidencia científica.
En todos los casos, el derecho al permiso debe ejercerse de acuerdo con los requisitos legales y administrativos. No basta con comunicar verbalmente una ausencia si el procedimiento exige una solicitud formal o documentación acreditativa.
Permisos no retribuidos y licencias
No todas las ausencias autorizadas tienen que ser retribuidas. Existen permisos sin sueldo y licencias que permiten al trabajador ausentarse durante determinados períodos cuando concurren las condiciones establecidas.
La normativa asturiana contempla, para determinados empleados públicos y con las particularidades aplicables al personal sanitario, la posibilidad de solicitar permisos sin sueldo bajo determinadas condiciones, teniendo en cuenta la duración, la antigüedad exigida y las necesidades del servicio. En determinadas situaciones familiares especialmente graves también pueden existir modalidades específicas.
Es importante diferenciar estas figuras de las vacaciones. Las vacaciones constituyen un período anual de descanso retribuido, mientras que un permiso sin sueldo supone una ausencia autorizada sin percepción de las retribuciones correspondientes al período.
Además, el personal laboral puede estar sujeto a un convenio colectivo específico. Por ello, antes de aplicar una regla general es imprescindible comprobar qué régimen jurídico corresponde al trabajador concreto.
Vacaciones, asuntos particulares y organización de los turnos
Aunque las vacaciones no son técnicamente un permiso, suelen estudiarse conjuntamente con ellos porque forman parte del régimen de tiempo de trabajo.
El Estatuto Marco dedica un apartado específico a las vacaciones anuales del personal estatutario. En el SESPA, además, existen normas autonómicas y organizativas que regulan su disfrute. La planificación debe tener en cuenta las necesidades asistenciales, pero también debe permitir al trabajador disfrutar de sus períodos de descanso.
Los días de asuntos particulares constituyen otra figura diferenciada. Su régimen, número y forma de disfrute dependen de la normativa aplicable y de las condiciones establecidas para el personal sanitario.
En un servicio que funciona durante todo el año, la planificación de vacaciones, permisos y ausencias resulta esencial. Una gestión adecuada permite garantizar la continuidad asistencial sin convertir las necesidades organizativas en un obstáculo injustificado para el ejercicio de los derechos de los trabajadores.
Procedimiento para solicitar un permiso
La utilización correcta de un permiso requiere seguir el procedimiento establecido por la organización. Como norma general, cuando la circunstancia es previsible, el trabajador debe comunicar y solicitar el permiso con la antelación que establezcan las instrucciones internas. Cuando se trate de un hecho imprevisible, como un accidente o una urgencia familiar, debe comunicarlo tan pronto como sea posible y aportar posteriormente la justificación correspondiente.
La solicitud debe identificar el motivo del permiso, las fechas o período solicitado y, cuando corresponda, la documentación acreditativa. El responsable de personal o la unidad competente comprobará que concurren los requisitos.
En el entorno sanitario es especialmente importante la coordinación con los responsables de la unidad, puesto que una ausencia puede afectar a turnos, cuadrantes y cobertura de puestos. Esta coordinación no elimina el derecho reconocido, pero permite organizar la asistencia de forma adecuada.
También debe evitarse aportar información sanitaria excesiva. La justificación debe ser suficiente para acreditar el supuesto legal, respetando siempre el principio de minimización de datos personales.
Ejemplo práctico
Una auxiliar de Enfermería que trabaja a turnos recibe la noticia de que un familiar incluido dentro de los supuestos legalmente previstos ha sido hospitalizado. La trabajadora informa a su responsable en cuanto conoce la situación y presenta la solicitud de permiso conforme al procedimiento del centro.
El responsable de la unidad comprueba la documentación y comunica la incidencia a la planificación de personal para reorganizar el turno. Una vez finalizado el permiso, la trabajadora aporta, si procede, la documentación justificativa requerida.
Este ejemplo muestra que el ejercicio de un permiso implica dos aspectos complementarios: por una parte, el respeto al derecho del trabajador y, por otra, la comunicación responsable que permita mantener la continuidad del servicio.
Retos pendientes
Entre los principales retos se encuentra mantener una información clara y actualizada para toda la plantilla. Los permisos pueden modificarse por cambios legislativos, acuerdos, pactos o instrucciones, por lo que no resulta suficiente utilizar información antigua.
Otro reto consiste en facilitar la conciliación en organizaciones que trabajan las 24 horas del día. La planificación de turnos, las sustituciones y la distribución de cargas de trabajo deben realizarse procurando compatibilizar las necesidades asistenciales con los derechos de los profesionales.
También es importante que todos los trabajadores conozcan el procedimiento de solicitud. Una buena información reduce errores, conflictos y ausencias mal justificadas.
Finalmente, la digitalización de los procedimientos puede facilitar la gestión de solicitudes, siempre que garantice accesibilidad, seguridad y protección de los datos personales.
Conclusión
Los permisos de los empleados del ámbito sanitario forman parte esencial de sus derechos laborales y cumplen una función doble: proteger al trabajador ante determinadas circunstancias personales, familiares o sociales y permitir una organización racional del trabajo.
En el SESPA, el régimen aplicable debe analizarse teniendo en cuenta el Estatuto Marco del personal estatutario, la normativa básica de empleo público, la legislación del Principado de Asturias y las disposiciones, acuerdos e instrucciones específicas que correspondan. Además, el régimen puede variar según la naturaleza jurídica del vínculo laboral.
Para un profesional sanitario es fundamental conocer los principales permisos, distinguir entre permisos retribuidos y no retribuidos, diferenciar estos derechos de las vacaciones y licencias y saber cómo realizar correctamente una solicitud. La comunicación rápida y la justificación adecuada permiten ejercer los derechos individuales y, al mismo tiempo, facilitan la continuidad asistencial.
Por tanto, conocer el régimen de permisos no debe considerarse únicamente una cuestión administrativa. Forma parte de la responsabilidad profesional, de la conciliación de la vida personal y laboral y de la correcta gestión de los recursos humanos en el sistema sanitario.
Bibliografía
- Boletín Oficial del Estado. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. Texto consolidado. https://www.boe.es/eli/es/l/2003/12/16/55/con
- Boletín Oficial del Estado. Ley 7/2019, de 29 de marzo, de Salud. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2019-78 41
- Principado de Asturias. Resolución de 27 de octubre de 2006, por la que se regula el régimen de permisos, licencias y vacaciones del personal que presta servicios en las instituciones sanitarias dependientes del SESPA. Boletín Oficial del Principado de Asturias.
- Principado de Asturias. Decreto 72/2013, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de jornada, horario, vacaciones y permisos de los funcionarios de la Administración del Principado de Asturias, en los términos de aplicación al personal de los centros e instituciones sanitarias del SESPA.
- Principado de Asturias. Ley 2/2023, de 15 de marzo, de Empleo Público. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2023-10 348
- SESPA. Programa de Igualdad del Sistema de Salud del Principado de Asturias. Objetivos estratégicos relacionados con conciliación y corresponsabilidad. https://www.astursalud.es/
Nota: Este artículo tiene finalidad formativa. Para la aplicación práctica de un permiso concreto debe consultarse siempre la normativa vigente y las instrucciones del SESPA o del centro de trabajo, ya que pueden existir modificaciones posteriores o condiciones específicas según el tipo de personal.



