Incluido en la revista Ocronos. Vol. IX. N.º 10–Octubre 2026.
Pág. Inicial: Vol. IX; N.º 10: 300
Autor principal (primer firmante): Beatriz Suarez Fernandez
Fecha recepción: 07/08/2026
Fecha aceptación: 24/10/2026
Ref.: Ocronos. 2026;9(10): 300
Autor/a:
Beatriz Suarez Fernandez
Introducción
La Ley General de Sanidad (Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad), L.G.S., es una de las normas fundamentales que creó el Sistema Nacional de Salud, y establece los principios y bases fundamentales para la protección de la salud reconocida en el art 43 de la C.E. En este artículo se reconoce el derecho a la protección de la salud, se establece que los poderes públicos deben organizar y cuidar la salud pública mediante la prevención y las prestaciones de servicios.
La finalidad principal de esta ley es garantizar el derecho a la protección de la salud y el acceso a los servicios sanitarios de calidad para todos los ciudadanos.
Objetivos
Objetivo principal
Describir esta ley realizando un sumario de sus Títulos más importantes y de sus primordiales artículos.
Objetivo secundario
Garantizar a todos los usuarios un método de protección que incorpora la promoción de la salud, la prevención de la enfermedad, la extensión de la asistencia sanitaria a toda la población, y el avance de los desequilibrios territoriales y sociales.
Desarrollo
Esta ley es una norma básica aplicable a todo el Estado, cuya principal función es garantizar el derecho a la salud de todos los usuarios, regular las actuaciones de los poderes públicos en materia sanitaria, y establecer la organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Salud, basado en los principios de Universalidad, equidad, coordinación y atención integral.
Se promulgó el 25 de abril de 1986, se publicó el 29 de abril de 1986, y entró en vigor el 19 de mayo de 1986.
Está formada por 7 Títulos, que a su vez están divididos en capítulos y artículos y contiene 10 Disposiciones Adicionales (D.A.), 6 Disposiciones Transitorias, 2 Disposiciones Derogatorias y 16 Disposiciones Finales.
Título preliminar: del derecho a la protección de la salud
Capítulo Único: Establece las bases del Sistema Nacional de Salud (S.N.S). Indica que todos los españoles y ciudadanos extranjeros que tengan su residencia en territorio español son titulares del derecho a la protección de la salud regulado en el artículo 43 C.E.
Capítulo I: de los principios generales (arts. 3 al 17)
Haremos un pequeño resumen de los principios generales.
- Acceso a las prestaciones sanitarias para toda la población en condiciones de igualdad.
- Incorporación del principio de igualdad entre mujeres y hombres.
- El Estado, las CCAA y demás administraciones competentes organizan el sistema sanitario con una visión integral.
- Las CCAA crearán sus Servicios de Salud.
- Se asegura la participación de la comunidad en la política sanitaria y a través de las organizaciones sindicales y empresariales.
- Las actuaciones de las Administraciones Públicas estarán orientadas a:
- Promoción de la salud
- Educación sanitaria
- A Prevenir las enfermedades
- Asistencia sanitaria
- Rehabilitación y reinserción social
- Y el principio de igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
- Como actividad fundamental del sistema sanitario se considera la elaboración de estudios epidemiológicos.
- La prevención de riesgos para el hombre debidos a la vida animal, los análisis necesarios para el control de higiene y la investigación alimentaria es otra de las actividades básicas que nos encontramos.
- Los Poderes públicos deberán informar a todos los usuarios de sus derechos y deberes en relación con el uso de los servicios sanitarios.
- Derechos de los usuarios:
- Al respeto a la personalidad, dignidad e intimidad.
- A la información sobre los servicios sanitarios y sus requisitos.
- A la confidencialidad de la información clínica.
- A ser advertido de los procedimientos.
- A que se le asigne un médico y a elegirlo.
- A presentar reclamaciones y sugerencias y recibir respuesta.
- A disponer de productos sanitarios y medicamentos necesarios.
- Obligaciones de los usuarios:
- Cumplir las recomendaciones sanitarias generales.
- Cuidar las instalaciones y colaborar en su conservación.
- Realizar un uso responsable de las prestaciones y servicios sanitarios, especialmente en las bajas laborales e incapacidad.
- Los poderes públicos orientarán sus políticas de gasto sanitario en orden a corregir desigualdades territoriales.
- Se aprobarán las normas precisas para evitar la mala práctica.
- Los poderes públicos desarrollarán la normativa necesaria para poder elegir médico en la Atención Primaria dentro del Área de Salud.
- En aquellas ciudades de más de 250.000 habitantes se podrá elegir médico en el conjunto de toda la ciudad.
- La normativa de uso de la asistencia sanitaria será igual para todos los usuarios.
Título I: del Sistema de Salud
Se divide en 6 capítulos, con los principios generales, las actuaciones sanitarias del sistema de salud, de la salud mental, de la salud laboral, de la intervención pública en relación con la salud individual colectiva, y de las infracciones y sanciones.
Título II: de las competencias de las Administraciones públicas
Formado por 4 capítulos, de las competencias del Estado, de las competencias de las Comunidades Autónomas, de las competencias de las Corporaciones Locales, y de la Alta Inspección.
Título III: de la estructura del sistema sanitario público
Con 6 capítulos, de la organización general del sistema sanitario público, de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas, de las Áreas de Salud, de la coordinación general sanitaria, de la financiación, y del personal.
Título IV: de las actividades sanitarias privadas
Con 2 capítulos, del ejercicio libre de las profesiones sanitarias, y de las Entidades Sanitarias.
Título VI: de la docencia y la investigación
Formado por 2 capítulos, de la docencia en el Sistema Nacional de Salud y del Tratamiento de datos de la investigación en salud.
Título VII: transparencia y sostenibilidad del gasto sanitario esencial
Último título que no contiene capítulos.
Conclusión
La ley General de Sanidad establece los principios y bases del sistema nacional de salud, garantiza el derecho a la protección de la salud en España, en la promoción de la salud, prevención, promueve la participación ciudadana y de los poderes públicos, así como los derechos y deberes de los ciudadanos respecto al uso de servicios sanitarios, confidencialidad en la información clínica, coordinación, recuperación y reinserción social y buenas pruebas profesionales.
Bibliografía
- https://revistamedica.com/ley-general-sanidad-sns- espanol-revision/
- https://revistasanitariadeinvestigacion.com/ley-ge neral-de-sanidad-en-espana/
- https://revistasanitariadeinvestigacion.com/la-ley -general-de-sanidad-un-pilar-fundamental-en-el-sis tema-sanitario-de-espana/
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1986-10 499
- https://es.wikipedia.org/wiki/Ley_General_de_Sanid ad



