Registro Sanitario: todo lo que debes saber

Juan Antonio Fonseca Serrano

Hay sectores en los que se deben seguir ciertas medidas y normas de seguridad para el bienestar no solo de los trabajadores, sino también de los consumidores. Si nos adentramos en el ámbito alimentario, esto es algo que queda más que patente con el Registro Sanitario. Un mecanismo que obliga a ciertas empresas a cumplir varias normas relacionadas con el cuidado y protección de los alimentos, y que obliga a muchos a buscar equipos como el de Esarco, una empresa que te asesora al fondo en la materia.

Pero, ¿en qué consiste exactamente?, ¿qué requisitos tiene?, ¿qué empresas deben asegurarse de tenerlo? Vamos a responder a todas estas cuestiones clave para muchos de los negocios que hay dentro del sector de la alimentación. Porque, antes de empezar, debe quedar muy claro, este registro es obligatorio para un buen número de empresas. Es algo exigido por la ley.

Lo que debes saber sobre el Registro Sanitario

El Registro Sanitario, o más bien el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA) es un certificado que figura y aparece regulado en el Real Decreto 191/2011. Su objetivo es garantizar la protección de los intereses de los consumidores y la salud pública a través de un riguroso control oficial de las empresas que están sujetas a su normativa.

Cualquiera persona puede acceder a él para comprobar qué empresas están inscritas, ya que se trata de un registro totalmente público y transparente. ¿Y cuáles son las empresas que deben aparecer? Antes hemos hablado del sector alimentario, pero, dentro de este hay que acotar y cerrar un poco más el círculo porque las que están obligadas a cumplir con él son las que cumplen estas características:

  • Tienen sede en España.
  • Su actividad se centra en alimentos destinados al consumo humano, colaborar tecnológicamente en la elaboración de alimentos o elaborar materiales y/o objetos que van a estar en contacto con alimentos.
  • Elaboran, envasa, transforman o producen alimentos; o los almacenan y transportan; o los importan desde fuera de la Unión Europea.

Si una empresa cumple esas condiciones, está obligada a figurar en el Registro Sanitario. Aunque, para ello, debe cumplir una serie de requisitos que vamos a indicar mejor a continuación.

Registro Sanitario: todo lo que debes saber

Requisitos del Registro Sanitario

Son varios los requisitos a cumplir para poder formar parte con el RGSEAA y cumplir así con los estándares sobre alimentación establecidos por la ley española. Vamos a ver los más importantes a continuación:

  • La emisión del número de registro sanitario puede tardar hasta 3 meses. No iniciar la actividad hasta que un inspector visite las instalaciones de la empresa y emita un informe favorable, en caso de haber contacto directo con productos de origen animal. 
  • Aportar la siguiente documentación: memoria técnica descriptiva de la actividad, solicitud de registro, pago de tasas, CIF, Plan de Autocontrol APPCC.
  • Tener número de Registro Sanitario como distribuidor en caso de que la actividad sea de distribución de productos alimenticios al extranjero.
  • En caso de tener número de registro sanitario como fabricante, envasador, almacenista, elaborador o transformador, no hay necesidad de tener actividad de distribuidor para poder distribuir productos.
  • Si la empresa elabora, envasa, almacena, sirve y vende comidas al consumidor final en el mismo local, queda exenta de inscribirse en el registro.
  • En caso de que la actividad se centra en la preparación de productos alimenticios para el consumidor final, no tiene que estar en el registro. En caso de que haya ventas mayoristas de alimentos y se conviertan en el grueso de ingresos, sí será necesario figurar en el registro.
  • Todo importador de alimentos y/o distribuidor que tenga almacén tiene que figurar también como almacenista en el RGSEAA.

A todo esto hay que añadir que pueden surgir otros requisitos en base a la actividad principal en la que se centre el negocio o el territorio donde este tenga su foco de actividad. Siempre es aconsejable consultar la Normativa Relacionada para evitar conflictos y operar siempre dentro de los márgenes legales, sobre todo en un sector tan delicado y exigente como es el de la alimentación.

¿Y si no se cumplen los requisitos?

Las autoridades son tajantes en este sentido. En el caso de que una empresa deba figurar en el Registro Sanitario y no cumpla con los requisitos que se hayan establecido, tendrá que cesar su actividad en caso de haberse iniciado previamente. El negocio debe permanecer cerrado hasta que las autoridades permitan su actividad tras una nueva inspección.

Todo negocio en el que haya contacto directo con alimentos destinados al consumo humano está obligado a cumplir estas condiciones, ya que son clave para garantizar la calidad adecuada y el trato adecuados para que los consumidores no se vean perjudicados a causa de una mala praxis. Como se suele decir, somos lo que comemos, por eso las normas son tan estrictas en este frente.