Marco normativo y planes de prevención de la salud mental en el entorno sanitario español: enfoque integral para personal administrativo y auxiliar

Incluido en la revista Ocronos. Vol. IX. N.º 11–Noviembre 2026.

Pág. Inicial: Vol. IX; N.º 11: 169

Autor principal (primer firmante): Patricia Fernandez Garcia

Fecha recepción: 18/08/2026

Fecha aceptación: 04/11/2026

Ref.: Ocronos. 2026;9(11): 169

Autor/a:

Patricia Fernández García

Introducción

La salud mental forma parte de la salud de las personas trabajadoras y, por tanto, debe estar incluida en las políticas de prevención de riesgos laborales. En el ámbito sanitario, esta cuestión tiene especial importancia por las características de la actividad y por las situaciones de presión que pueden producirse durante la jornada.

Cuando se habla de los profesionales que trabajan en hospitales y centros de salud, la atención suele centrarse en médicos y personal de Enfermería. Sin embargo, el funcionamiento de estos centros depende también del personal administrativo y auxiliar, especialmente de quienes trabajan en admisión, recepción, gestión de citas, archivos y otras unidades.

Estos profesionales pueden mantener un contacto directo y continuo con pacientes y familiares. En determinadas situaciones deben atender reclamaciones, gestionar problemas con citas o listas de espera y responder ante personas preocupadas, nerviosas o alteradas por su situación sanitaria.

A estas circunstancias se pueden añadir otros factores relacionados con la organización del trabajo, como una elevada carga laboral, presión de tiempo, falta de autonomía, dificultades de comunicación, conflictos internos o situaciones de acoso.

Por ello, la prevención de riesgos laborales no debe centrarse únicamente en los accidentes o daños físicos. También debe prestar atención a las condiciones de trabajo que pueden afectar a la salud mental, como el estrés, la sobrecarga, la violencia o el acoso laboral.

Este trabajo analiza el marco normativo aplicable a estos riesgos y su relación con la protección de la salud mental del personal administrativo y auxiliar que desarrolla su actividad en el entorno sanitario.

Metodología

Para la elaboración del análisis se ha tomado como referencia la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, junto con su normativa de desarrollo y documentación técnica relacionada con los riesgos psicosociales y la violencia en el trabajo.

Publica TFG cuadrado 1200 x 1200

También se han considerado normas y documentos específicos relacionados con el ámbito sanitario, entre ellos el Real Decreto 39/1997, sobre los Servicios de Prevención, y documentación sobre situaciones conflictivas en centros sanitarios.

El análisis se centra en dos ámbitos. El primero comprende los factores relacionados con la organización y las relaciones laborales: carga de trabajo, presión, falta de claridad en las funciones, conflictos y acoso. El segundo aborda las situaciones derivadas del contacto directo con pacientes y familiares, especialmente en los puestos de atención al público.

Desarrollo y resultados

La salud mental dentro de la prevención de riesgos laborales

La Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, reconoce en su artículo 14 el derecho de los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.

Esta protección debe entenderse de forma amplia. La prevención no consiste únicamente en evitar accidentes, sino también en identificar las condiciones de trabajo que pueden perjudicar la salud.

En este contexto adquieren especial importancia los riesgos psicosociales. La organización del trabajo, la carga de tareas, el ritmo de actividad, la autonomía o las relaciones laborales pueden influir en el bienestar psicológico.

publica-articulo-revista-ocronos

En un centro sanitario, estas circunstancias pueden verse reforzadas por la presión asistencial y por el contacto permanente con usuarios. Por ello, la evaluación preventiva debe tener en cuenta las características reales de cada puesto.

Evaluación de los riesgos psicosociales

El artículo 16 de la LPRL establece la obligación de realizar una evaluación de riesgos y planificar la actividad preventiva.

En relación con la salud mental, esta evaluación debe permitir identificar factores que puedan favorecer situaciones de estrés, sobrecarga o deterioro del bienestar psicológico.

Entre ellos pueden encontrarse:

  • La carga de trabajo y la presión de tiempo.
  • La distribución de tareas y los ritmos de actividad.
  • La falta de autonomía.
  • La falta de claridad en las funciones.
  • Los problemas de comunicación.
  • Los conflictos laborales.
  • La atención continuada al público.
  • La exposición a situaciones de violencia.
  • El acoso laboral.

No todos estos factores afectan de la misma manera a todos los trabajadores. Por eso es importante valorar las condiciones concretas de cada puesto y de cada unidad.

Carga mental y estrés laboral

El personal administrativo sanitario puede desarrollar tareas que requieren atención constante: gestión de citas, llamadas, atención presencial, resolución de incidencias y manejo simultáneo de diferentes demandas.

Cuando estas exigencias se mantienen en el tiempo y no existe una organización adecuada, pueden contribuir a generar estrés y agotamiento.

Además, el trabajador puede encontrarse con personas preocupadas, frustradas o alteradas por su situación sanitaria. Aunque no tenga responsabilidad sobre la atención médica, en muchas ocasiones es el primer profesional con el que contacta el usuario.

Por ello, la prevención debe valorar tanto la cantidad de trabajo como las exigencias psicológicas y emocionales asociadas al puesto.

Acoso laboral y salud mental

El acoso laboral constituye otro riesgo que puede tener consecuencias importantes sobre la salud psicológica.

Conductas reiteradas de aislamiento, humillación, descrédito profesional o determinadas actuaciones dirigidas contra un trabajador pueden deteriorar sus condiciones laborales y afectar a su bienestar.

Las organizaciones sanitarias deben disponer de mecanismos para prevenir y abordar estas situaciones, así como de procedimientos conocidos por los trabajadores para comunicar posibles casos.

También es importante diferenciar un conflicto puntual de una situación de acoso. No todo desacuerdo entre compañeros constituye acoso laboral, por lo que cada situación debe analizarse atendiendo a sus circunstancias concretas.

Violencia y agresiones en la atención al público

Los puestos de admisión, recepción y atención al usuario pueden estar especialmente expuestos a situaciones de tensión. Las listas de espera, los retrasos, los problemas con las citas o las dificultades de acceso a determinados servicios pueden generar conflictos.

La violencia o las conductas intimidatorias no deben considerarse una parte normal del trabajo. Los centros sanitarios deben identificar estos riesgos y establecer medidas preventivas y protocolos de actuación adecuados.

Entre estas medidas pueden incluirse la organización de los espacios de atención, sistemas de aviso, formación para afrontar situaciones conflictivas y procedimientos para comunicar y registrar las agresiones.

Estas actuaciones también tienen una dimensión relacionada con la salud mental, ya que una situación de violencia puede producir miedo, ansiedad, inseguridad o malestar incluso después de que el incidente haya terminado.

Desgaste profesional y burnout

La exposición prolongada a determinadas condiciones de trabajo puede favorecer situaciones de desgaste profesional o burnout.

Aunque suele relacionarse principalmente con determinadas profesiones asistenciales, los riesgos psicosociales también deben valorarse en otros puestos cuando las condiciones de trabajo puedan favorecer este tipo de desgaste.

En el personal administrativo, la atención continuada al público, las interrupciones, la presión, la acumulación de tareas y la exposición repetida a conflictos pueden convertirse en factores relevantes.

La prevención debe intentar actuar sobre las condiciones que favorecen este desgaste y no limitarse a intervenir cuando el trabajador ya presenta consecuencias importantes.

Información, formación y participación

La prevención de los riesgos relacionados con la salud mental requiere que los trabajadores conozcan los riesgos de su puesto y las medidas disponibles.

Los artículos 18 y 19 de la LPRL reconocen el derecho a recibir información y formación suficiente y adecuada en materia preventiva.

En el ámbito sanitario, esta formación puede incluir aspectos relacionados con los riesgos psicosociales, la gestión de situaciones conflictivas, la prevención del acoso y la actuación ante situaciones de violencia.

También resulta importante la participación de los trabajadores. Quienes desarrollan diariamente su actividad en admisión, recepción o unidades administrativas pueden detectar problemas que no siempre son visibles desde la organización.

Responsabilidad de la organización

La prevención de los problemas de salud mental relacionados con el trabajo no puede recaer únicamente sobre el trabajador.

Recomendar que una persona gestione mejor el estrés puede ser útil, pero no sustituye la obligación de analizar si las condiciones laborales están contribuyendo a generarlo.

Cuando existen problemas de organización, cargas excesivas, conflictos continuados o exposición habitual a situaciones de violencia, las medidas preventivas deben dirigirse también a las causas.

Por ello, una prevención eficaz debe identificar los riesgos, analizar sus causas, adoptar medidas y comprobar posteriormente si estas han funcionado.

Conclusiones

La salud mental debe formar parte de la prevención de riesgos laborales en los centros sanitarios. La protección del trabajador no puede limitarse a evitar accidentes o lesiones físicas, sino que debe incluir las condiciones que pueden afectar a su bienestar psicológico.

El personal administrativo y auxiliar desempeña una función esencial dentro del sistema sanitario. Aunque sus funciones no sean asistenciales, muchos de estos profesionales mantienen un contacto directo con pacientes y familiares y pueden trabajar bajo una elevada presión.

La carga de trabajo, la atención al público, los conflictos, la falta de autonomía, el acoso o las situaciones de violencia son factores que deben valorarse cuando puedan afectar a la salud de los trabajadores.

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales proporciona el marco general para actuar frente a estos riesgos. A partir de este marco, los centros sanitarios deben evaluar las condiciones de trabajo, planificar medidas preventivas, informar y formar a los trabajadores y establecer procedimientos adecuados ante situaciones de acoso o violencia.

La prevención debe centrarse especialmente en las causas. No se trata únicamente de ayudar al trabajador a soportar mejor el estrés, sino de comprobar si la propia organización del trabajo está contribuyendo a generarlo.

En definitiva, proteger la salud mental del personal administrativo y auxiliar de los centros sanitarios implica reconocer los riesgos psicológicos que pueden estar presentes en su actividad y actuar sobre ellos. Una prevención adecuada contribuye tanto al bienestar de los profesionales como al buen funcionamiento de los servicios sanitarios.

Bibliografía

  1. Ley 31/1GG5, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
  2. Real Decreto 3G/1GG7, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
  3. Ley 6/2023, de 22 de marzo, de las personas con problemas de salud mental y sus familias.
  4. Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.
  5. Plan de prevención y actuación frente a potenciales situaciones conflictivas en centros sanitarios. Servicio de Salud del Principado de Asturias.
  6. Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST). Documentación técnica sobre riesgos psicosociales y prevención del acoso laboral.
  7. Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Documentación y criterios técnicos relacionados con los riesgos psicosociales y la violencia en el trabajo.
  8. UGT Servicios Públicos. Las agresiones a los profesionales del sector sanitario.