Tramitación de reclamaciones en el Servicio de Salud del Principado de Asturias

Autoras: Ana Belén Barros López, Beatriz Prendes González, Sagrario Escandón Arenas, Elia Bolaño Fernández

El Decreto 89/2017, de 20 de diciembre, por el que se regula la atención ciudadana y las oficinas de asistencia en materia de registros en la Administración del Principado de Asturias, define los distintos tipos de información: administrativa, general y particular y define sugerencia como la manifestación o declaración de un ciudadano en la que éste transmite una idea con la que pretende mejorar los servicios que presta la Administración.

Sin embargo una queja dice que es la exposición de una incidencia, durante la prestación de un servicio por parte de la Administración del Principado de Asturias o sus organismos y entes públicos que produce en la persona que reclama la percepción de ineficacia o de actuación inadecuada, y requiere de una respuesta.

Las quejas y sugerencias son útiles y necesarias para mejorar la calidad de los servicios sanitarios públicos. El Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA), cuenta con vías para facilitar la presentación de este tipo de solicitudes, que la ciudadanía tiene como derecho fundamental, recogido en el artículo 29 de la Constitución, que es el ejercicio del derecho de petición. Y ejerciendo este derecho, se contribuye de manera efectiva mejorar el funcionamiento de los servicios sanitarios.

Cuando presentar una queja o reclamación:

En cualquier momento. Cuando consideremos que tiene lugar algún incumplimiento de norma, una negligencia, error con consecuencias, discriminación, desatenciones, tardanzas, y en definitiva, si observamos alguna actuación irregular por parte de la administración, podemos presentar una queja o reclamación. También se pueden presentar sugerencias si observamos anomalías en el funcionamiento de los servicios del Sistema Sanitario público del Principado de Asturias.

Motivos

Asistenciales, listas de espera o demoras, por el trato recibido, por la falta de confidencialidad, por la información recibida, reclamaciones relativas a la documentación: informes, certificados o historia clínica; relativas a la organización o funcionamiento, etc.

Requisitos

Rellenar la  solicitud en modelo normalizado. Acreditación de la representación legal o consentimiento expreso del interesado, si se hace en nombre de otra persona.

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Certificado Digital o DNI electrónico si se realiza en la sede electrónica www.asturias.es

Los formularios para reclamaciones quejas y sugerencias se obtienen en:

Las oficinas de atención al ciudadano.

En los centros de salud y hospitales del Servicio de Salud del Principado de Asturias, en atención al usuario

El portal Institucional del Principado de Asturias www.asturias.es

Es obligación de la administración entregar o facilitar los formularios oportunos.

¿Cómo se formula?

Se rellena el formulario, se presenta por escrito, firmado, y con los datos del interesado: nombre, apellidos, DNI, domicilio. Se podrá adjuntar todo tipo de documentación que el interesado considere oportuno aportar.

¿Dónde se presenta?

Una vez rellenado el formulario se presenta o bien a través de la Sede Electrónica del Principado o bien de manera presencial en cualquier registro público oficial. También se puede enviar por correo postal.

La administración está obligada a acusar recibo de las quejas que se formulen y remitirlas al servicio correspondiente en el plazo de 48 horas.

Plazo de respuesta

La administración deberá responder al interesado por escrito en el plazo máximo de un mes, con una resolución motivada.

¿Quién se encarga de la recepción y tramitación?

El Servicio de Atención al Usuario de las Áreas Sanitarias, el órgano responsable de la gestión de quejas y sugerencias del Servicio de Salud del Principado de Asturias o de la Consejería competente en materia de Salud.

¿Quién resuelve?

La Gerencia del Área Sanitaria, la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias o la Dirección General con responsabilidad en la materia de la Consejería de Salud son los órganos responsables de resolver y notificar.

Bibliografía

Decreto 89/2017, de 20 de diciembre, por el que se regula la atención ciudadana y las oficinas de asistencia en materia de registros en la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos.

Astursalud. Portal de Salud del Principado de Asturias. https://www.astursalud.es/

Portal Institucional del Gobierno de Asturias https://sede.asturias.es/

Plataforma por la Salud y la Sanidad Pública de Asturias http: //www.sanidad qpublicaasturias.org/