Índice
- 1 Resumen
- 2 Introducción
- 3 Riesgos laborales y medidas preventivas
- 3.1 Iluminación
- 3.2 Condiciones termohigrométricas
- 3.3 Diseño del puesto de trabajo
- 3.4 Manipulación de cargas
- 3.5 Choques o golpes contra objetos inmóviles
- 3.6 Sobreesfuerzos, fatiga postural
- 3.7 Carga mental
- 3.8 Contactos eléctricos directos
- 3.9 Atrapamiento por o entre objetos
- 3.10 Exposición a radiaciones
- 3.11 Exposición a ruido
- 4 Bibliografía
Resumen
Quienes desempeñan su labor en el ámbito de la salud, al igual que cualquier otro grupo profesional, están sometidos a riesgos laborales. Todos los trabajos sin excepción entrañan riesgos, y los sanitarios no están exentos de ellos. En este artículo se detallarán una parte de ellos facilitando recomendaciones y medidas preventivas a implementar.
Autores: José Antonio Gayol, Yolanda Zapico Sánchez, María Argüelles Sampedro, Miriam Villadangos
Palabras clave: riesgos laborales, salud, oficina, prevención.
Introducción
La vigilancia y control de la salud de las y los trabajadores es un aspecto básico de nuestro ordenamiento jurídico además de un derecho y una garantía de calidad.
Un entorno laboral saludable contribuye a que quienes desempeñan su labor en ella lo hagan de una forma más segura, preservando su salud a la vez que hacen su trabajo de una forma más efectiva. Esto aplicado al ámbito sanitario es si cabe más importante porque repercutirá en el trato a los pacientes e indirectamente en su salud. Con lo que mejorando la salud del personal mejoramos la salud de todas las personas implicadas en el sistema.
Riesgos laborales y medidas preventivas
Las labores desarrolladas por los diferentes profesionales del sistema sanitario son múltiples y variadas pero podemos encontrar un denominador común a la mayoría de los perfiles y es el trabajo de oficina.
Desde la irrupción de la informática en el mercado laboral la mayoría de los trabajos tienen una importante carga horaria que se desarrolla sentado frente a una pantalla de visualización de datos y junto a un teléfono. El ámbito de la salud no es ajeno a ellos y muchos de sus perfiles profesionales desempeñan esta función (desde auxiliares administrativos a personal médico, pasando por trabajadoras sociales, celadores o técnicos de laboratorio).
A este respecto hay que tener en cuenta que el Real Decreto 486/1997 de 14 de abril sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo que incluye pantallas de visualización de datos considera usuarios de P.V.D a todos aquellos trabajadores que superan las 4 horas diarias o 20 horas semanales de trabajo efectivo con los equipos informáticos.
Tomando todo esto en consideración, y si hacemos un somero análisis de los posibles riesgos a los que se enfrentan los profesionales de la sanidad nos encontramos con lo siguiente:
- Caída de objetos en manipulación por manejo de A-Z ‘s y legajos de expedientes en mal estado.
- Caída de objetos por desplome como consecuencia de sobrecarga de las estanterías; falta de fijación de las estanterías a la pared; apilación de A-Z ‘s y legajos sobre el suelo
- Caídas de personas al mismo nivel por suelo mojado.
- Choques o golpes contra objetos inmóviles por ventanas, cajoneras y puertas de las partes bajas de los armarios abiertas
- Contactos eléctricos directos por presencia de cableado y cajas de enchufe; Instalación eléctrica vieja y deteriorada, sin toma de puesta a tierra
- Atrapamiento por o entre objetos a causa de alimentación de la impresora (suministro de folios, tinta).
- Exposición a radiaciones durante la realización de fotocopias y escaneos o por uso de teléfono móvil
- Exposición a ruido por volumen excesivo del teléfono durante la conversación
- Sobreesfuerzos, fatiga postural por: coger expedientes demasiado altos; manejo de expedientes demasiado pesados y voluminosos: Demasiadas horas en posición sentada
- Fatiga visual, iluminación inadecuada a causa de Bajo nivel de iluminación, Falta de luz natural (ventana tapada con un vinilo opaco), Pantalla del ordenador mal regulada.
- Carga mental como consecuencia de Alto volumen de gestiones administrativas; Uso del ordenador durante largos periodos de tiempo
Tomando todo esto en consideración, a fin de prevenir riesgos y conseguir el mayor confort profesional posible, las medidas preventivas a adoptar son, entre otras, las que se citan a continuación.
Iluminación
- colocación de las mesas perpendicular a las ventanas del edificio, ello favorece un aprovechamiento de la luz natural, y reduce los contrastes que pudieran producirse en las pantallas; esta colocación también favorece los cambios de acomodación visual cerca-lejos, aumenta la estimulación sensorial, acompasa los ritmos biológicos circadianos.
- Iluminación artificial con un valor de 500 lux, ya que que la exigencia visual requerida para estos puestos de trabajo está calificada como moderada según el Real Decreto 486/1997.
Condiciones termohigrométricas
en tanto las condiciones ambientales quedan definidas a través de cuatro variables independientes:
- La temperatura del aire
- La velocidad del aire
- La humedad del aire
- La temperatura radiante
Y considerando que por norma general la temperatura y ventilación de los centros sanitarios se consigue mediante un sistema de climatización calor/frió por aire:
- Temperatura seca comprendida entre 17 y 27 ºC conforme a lo establecido en el Real Decreto 486/97 que regula las condiciones que deben cumplir los lugares de trabajo,
- humedad relativa del aire comprendida entre el 30 y el 70 %, aunque para prevenir la sequedad de los ojos y de de las mucosas se recomienda mantener la humedad relativa entre el 45 y el 65 %.
- velocidad del aire debe estar comprendida entre los siguientes valores:
- Trabajos en ambiente no calurosos: 0,25m/s.
- Trabajos sedentarios en ambientes calurosos: 0,5m/s
- Trabajos no sedentarios en ambientes calurosos: 0,75m/s
Diseño del puesto de trabajo
- Distancia visual mayor o igual de 40 cm
- ajustar la inclinación del respaldo
- Antebrazos y manos en línea recta; hombros relajados
- Zona lumbar perfectamente apoyada
- El teclado a una altura del suelo de 60-75 cm
- Piernas en posición horizontal
- Rodillas entre 90 y 120º
- Altura del asiento regulable entre 45-55 cm
- Altura de la mesa 60-75 cm
- pies apoyados totalmente.
Manipulación de cargas
- Adecuado archivo de los documentos y cierre correcto de las carpetas, A-Z’s,…
- Mover las carpetas, A-Z’s,… con cuidado
- Prestar atención a las aberturas de legajos y archivadores;
- No coger varios legajos a la vez
- No sobrecargar los expedientes
- Repartirlos en varios legajos
- Coger los expedientes de uno en uno
Choques o golpes contra objetos inmóviles
- Cerrar los armarios en cuanto se saque lo que se necesite
- Abrir la ventana con el batiente de modo que como dice el RD486/97 Cuando estén abiertos no deberán colocarse de tal forma que puedan constituir un riesgo para los trabajadores
- Ser cuidadoso y fijarse si la ventana está abierta
- Adecuado mantenimiento del mobiliario
- No forzar las puertas de los armarios
- Correcta colocación del mobiliario sobre superficies niveladas para que las puertas se puedan cerrar y no se abran por si solas.
Sobreesfuerzos, fatiga postural
- Alternar tiempos de trabajo con tiempos de descanso y/o desplazamientos
- Formación para una adecuada posición postural
- Utilizar escalera de mano adecuada y adaptada a los criterios marcados en el RD486/97 para alcanzar expediente altos
- Colocar los expedientes más pesados en las baldas intermedias
Carga mental
- Alternar tareas pesadas con otras más ligeras
- Buena organización de tiempos y tareas
- Formación sobre gestión de recursos humanos y optimización del tiempo de trabajo.
- Alternar las tareas al ordenador con otras tareas que no impliquen el uso del mismo
- Organizar tiempos de descanso
Contactos eléctricos directos
- Cambiar la instalación eléctrica, adecuándola a normativa vigente Adecuado mantenimiento de la instalación, con revisiones periódicas por personas cualificadas
- No usar enchufes sin toma de puesta a tierra.
- Controlar periódicamente que no se sobrecarguen las tomas eléctricas y el buen estado de uso de todos los enchufes cableado y conexiones eléctricas.
- No golpear las cajas de los enchufes con otros objetos cajoneras, ruedas de las sillas,…
- Sustituir las cajas de enchufe rotas
- No tirar del cable para desenchufar
- Reparar / sustituir cables pelados.
- Cortar la alimentación eléctrica antes de efectuar cualquier operación que implique abrir la máquina y manipular su interior (atasco de papel,…)
Atrapamiento por o entre objetos
- Manejar la máquina con cuidado siguiendo las instrucciones del fabricante tal y como se dice en el RD 1215/97
- Controlar la vestimenta, evitar ropas flojas, mangas anchas,… que puedan engancharse en la máquina
Exposición a radiaciones
- Manejar fotocopiadora / scanner con cuidado siguiendo las instrucciones del fabricante
- Cambiar el teléfono móvil por uno fijo para cuando se está en la oficina
- Limitar el uso del móvil y la duración de las llamadas.
- No utilizar el teléfono móvil salvo en casos en que sea necesario
- Evitar el contacto del teléfono con el cuerpo mientras se establece el contacto de llamada y se envía un mensaje
Exposición a ruido
- Ajustar el volumen del altavoz a parámetros que no sean dañinos a largo plazo para el oído.
Bibliografía
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de prevención y su modificación posterior en el Real Decreto 780/1998, de 30 de abril.
Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
Real decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.
Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.
Real Decreto 286/2006, de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido.
Corrección de erratas del Real Decreto 286/2006, de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido.