Índice
Incluido en la revista Ocronos. Vol. IV. Nº 3–Marzo 2021. Pág. Inicial: Vol. IV; nº3: 66
Autor principal (primer firmante): Laura Velázquez Hernández
Fecha recepción: 14 de Febrero, 2021
Fecha aceptación: 5 de Marzo, 2021
Ref.: Ocronos. 2021;4(3): 66
Autoras:
Laura Velázquez Hernández, Grupo Administrativo de la Función Administrativa. Susana Moreno Lázaro, Grupo Administrativo de la Función Administrativa.
Resumen
La ordenación y gestión de los centros e instituciones sanitarias se realiza a través de sus Plantillas Orgánicas, como instrumento de ordenación del personal.
Palabras clave
Plantilla Orgánica, instrumento de ordenación del personal, ordenación y gestión del personal.
Objetivo
El objetivo del presente artículo es hacer una breve referencia a la gestión de personal mediante Plantillas Orgánicas.
Introducción
El Real Decreto 1475/2001, de 27 de diciembre, sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Aragón de las funciones y servicios del Instituto Nacional de la Salud (1), hizo que Aragón asuma las competencias relativas a la asistencia sanitaria de conformidad con lo establecido en dicho Real Decreto. Este Real Decreto establece que los centros e instituciones sanitarias transferidos se ordenan en cuanto a los recursos humanos a través de las plantillas de los centros de gasto, por lo que lo procedente era generalizar la utilización de este instrumento de ordenación de personal en todos los centros.
Decreto 115/2003, sobre Plantillas Orgánicas en el Servicio Aragonés de Salud
El Decreto 115/2003, sobre plantillas orgánicas del personal de los centros sanitarios adscritos al Servicio Aragonés de Salud (2) tiene por objeto regulación de las Plantillas Orgánicas de Personal como instrumentos de ordenación del personal de los centros sanitarios de destino que se determinen.
Según el Artículo 1.2 de este Decreto, “Las Plantillas Orgánicas de Personal son un instrumento de ordenación del personal y contendrán la relación detallada de los puestos de trabajo por cada centro de destino, con expresión de los requisitos de desempeño del concreto puesto de trabajo”.
El Artículo 3 regula el contenido, comprendiendo la totalidad de los puestos de cada centro dotados económicamente, con expresión de los puestos de trabajo singularizados y no singularizados, puestos desempeñados por personal estatutario, personal funcionario y personal laboral.
Corresponde al Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud la elaboración de las propuestas (con la participación de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Sanidad, en la forma prevista por la Ley 9/1987, de 12 de junio, de Órganos de Representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas) y su actualización.
La aprobación de las Plantillas Orgánicas de Personal de cada centro sanitario de destino corresponde al Gobierno de Aragón a propuesta del titular del Departamento competente en materia de salud.
Decreto de Estructura Orgánica del Departamento de Sanidad y del Servicio Aragonés de Salud
De acuerdo con el actual Decreto 23/2016, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Sanidad y del Servicio Aragonés de Salud (3), en su Artículo 25, al director
Gerente del Servicio Aragonés de Salud le corresponde la competencia en a ordenación y gestión del personal adscrito al Organismo, así como la aprobación de las plantillas.
Conclusión
Las plantillas de las instituciones sanitarias constituyen un elemento básico para la planificación, conocimiento y gestión de los recursos humanos. Se encuentran formadas por el número de efectivos precisos para cubrir las necesidades organizativas y asistenciales (4).
Bibliografía
- Real Decreto 1475/2001, de 27 de diciembre, sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Aragón de las funciones y servicios del Instituto Nacional de la Salud.
- Decreto 115/2003, de 3 de junio, del Gobierno de Aragón, sobre plantillas orgánicas del personal de los centros sanitarios adscritos al Servicio Aragonés de Salud.
- Decreto 23/2016, de 9 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Sanidad y del Servicio Aragonés de Salud.
- https://www.comunidad. madrid/servicios/salud/plantillas -organicas-centros-sanitarios- servicio-madrileno-salud