Duplicación de la tarjeta sanitaria en la Comunidad Valenciana

Resumen

La tarjeta sanitaria es un documento efectivo, que sirve para identificar a un ciudadano como usuario del Sistema Sanitario Nacional de Salud y de acreditación del tipo de servicios y de prestaciones sanitarias, que legalmente tengan reconocidas en su respectiva comunidad autónoma. Además, es única e intransferible para cada persona beneficiaria.

Autora: Sandra Casamayor Fernández (auxiliar administrativa)

Palabras clave: tarjeta sanitaria, sistema sanitario, comunidad autónoma.

Introducción

La Ley 16/2003 de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, en su artículo 57 determina que “el acceso de los ciudadanos a las prestaciones de la atención sanitaria que proporcione dicho sistema se facilitará a través de la tarjeta sanitaria individual, como documento administrativo que acredita determinados datos de su titular”

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 Dicha tarjeta en la Comunidad Valenciana, se puede solicitar durante todo el año, a través del centro de atención primaria más cercano a la vivienda habitual de residencia y el solicitante de la tarjeta la recibirá por medio de correo ordinario en su domicilio.

Es importante saber que la tarjeta sanitaria SIP, se deberá presentar siempre que se acuda a solicitar o recibir prestaciones sanitarias en los centros asistenciales públicos y en las oficinas de farmacia. Cuando vean oportuno, los centros sanitarios podrán exigir la exhibición de un documento oficial de identidad, nacional o extranjero, que acredite que el portador es el titular de la tarjeta sanitaria.

Existe la posibilidad de emitir una copia o duplicación de la tarjeta sanitaria, para los hijos menores no emancipados de padres separados con custodia compartida, para facilitar y garantizar durante los periodos de convivencia con cada progenitor, los derechos e intereses de los hijos.

Objetivo

Dar a conocer la existencia de un protocolo que emplean en la Comunidad Valenciana, para facilitar la emisión de duplicados de la tarjeta sanitaria de los hijos menores de edad, con padres separados y custodia compartida.

Metodología

 Para la búsqueda de información a la hora de elaborar este artículo se han utilizado diferentes bases de datos de internet tales como Scielo, Medline y Cochrane, utilizando los descriptores: tarjeta sanitaria, duplicación de tarjetas en menores, expedición de copias de tarjetas sanitarias en padres separados, sanidad en la Comunidad Valenciana, custodia compartida en la asistencia médica, duplicado de tarjeta por patria potestad.

Finalmente se ha tomado como referencia la documentación expuesta en la página web del Ministerio de Sanidad de la Comunidad Valenciana, una resolución del Defensor del Pueblo de la Junta de Castilla y León, así como el portal de información sanitaria infosalus.

Análisis y discusión

La Comunidad Valenciana fue pionera en elaborar una instrucción para garantizar a los padres separados, la custodia compartida en la asistencia médica. Esta medida responde a las continuas demandas interpuestas por las asociaciones de custodia compartida.

 Más adelante, le seguirían sus pasos otras comunidades como Andalucía, Madrid, Navarra, Galicia o Castilla y León que harían lo propio en sus respectivos territorios.

En octubre de 2013 la Consejería de Sanidad, empezó a aplicar un protocolo donde se regulan entre otros aspectos la emisión o copia de la tarjeta sanitaria del menor no emancipado cuyos padres se encuentren separados y con custodia compartida. Con este acto, resolvieron el problema al que se enfrentaban los padres separados, cada vez que tenían que acudir al centro de salud con su hijo enfermo sin la tarjeta sanitaria, por no facilitar el padre o la madre en cuyo poder se encontraba la TSI del hijo menor al otro progenitor.

Para poder disponer de la tarjeta sanitaria individual del menor, la Consejería expide una copia de la misma a petición de un progenitor que tendrá que proporcionar los siguientes documentos:

Documentación a aportar necesaria para la duplicación

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•           Modelo de solicitud (imagen en la parte inferior)

•           Fotocopia del documento de identificación (DNI o NIE) del menor (en caso de tenerlo)

•           Fotocopia del documento de identificación (DNI o NIE) del progenitor solicitante

•           Fotocopia con la sentencia judicial completa y en caso de existir, el convenio regulador, donde especifique que ambos progenitores ostentan la patria potestad.

(Estos documentos deben estar testimoniados por el Juzgado correspondiente).

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La documentación antes indicada para solicitar su tramitación, se podrá entregar en el registro General de la Conselleria de Sanidad, C/ Micer Mascó, 31 de Valencia (46010), así como en los Servicios Territoriales de la misma, sitos en:

– Alicante (c/ Gerona, 26.- 03001), – Castellón (c/ Huerto Sogueros, 12.- 12001)

 -Valencia (Gran Vía Fernando El Católico, 74.- 46008)

 -O en cualquier otra de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La copia de la tarjeta se remitirá al centro de salud al que esté inscrito el menor.

En ningún caso, será de aplicación la emisión de duplicados, cuando a uno de los progenitores se le haya retirado la patria potestad.

Conclusión

La Administración debería de adaptarse a los cambios que se manifiestan en nuestra sociedad. De esta manera se daría respuesta a muchas de las necesidades que existen en el día a día, como en este caso ocurre con la problemática de las tarjetas sanitarias en padres separados con custodia compartida y se protegería el derecho de los menores.

 Algunas comunidades como Asturias, Castilla la Mancha o Canarias se resisten a establecer un protocolo para paliar este conflicto. Por este motivo, como las competencias en materia sanitaria han sido transferidas a las comunidades autonómicas, el Consejo Interterritorial, debería marcar unas pautas mínimas, que aseguren un procedimiento común en normativa de expedición de copias de las tarjetas sanitarias para que fueran de aplicación en todo el territorio español y con ello garantizar la asistencia médica.

Bibliografía

  • La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud. [Fecha de acceso 21 de septiembre de 2019]
  • Consejería de Sanidad Valenciana. [Internet]Infografía de la tarjeta sanitaria y modelo de solicitud [Fecha de acceso 19 de septiembre de 2019]Disponible en URL www.san.gva.es
  • EUROPA PRESS, Sanidad elabora una instrucción para garantizar a los padres la custodia compartida en la asistencia médica, infosalus ,17 de diciembre de 2013, [Fecha de acceso 23 de septiembre de 2019] Disponible en URL www.infosalus.com
  • Defensor del pueblo de Castilla y León, Facilitar, a petición de cualquiera de los padres separados o divorciados con hijos menores no emancipados y cuya patria potestad sea compartida, una copia o duplicado de la tarjeta sanitaria individual de sus hijos, Recomendación. 12 de junio de 2004, [Fecha de acceso 24 de septiembre de 2019] Disponible en URL www.defensordelpueblo.es
  • Consejería de Sanidad Valenciana. [Internet]Duplicado de tarjeta por patria potestad [Fecha de acceso 19 de septiembre de 2019]Disponible en URL www.san.gva.es
  • Peiró. Sanidad emite 144 duplicados de SIP de menores y destapa conflictos en su custodia. La Razón. Noviembre de 2019 [Internet] [Fecha de acceso 11 de noviembre de 2019]Disponible en URL www.larazon.es