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Human rights organ transplantation. Nursing opinión
Incluido en la revista Ocronos. Vol. IV. Nº 3–Marzo 2021. Pág. Inicial: Vol. IV; nº3: 160
Autor principal (primer firmante): González Estévez, Javier
Fecha recepción: 13 de Marzo, 2021
Fecha aceptación: 24 de Marzo, 2021
Ref.: Ocronos. 2021;4(3): 160
Autores por orden de aparición
- González Estévez, Edwin Javier 1
- Torres Bustamante, Jennifer 2
- Quezada Ordoñez, Leyla 3
Centro/institución – ORCID
- Enfermero rotativo de terapia intensiva Hospital de Especialidades Eugenio Espejo. Quito, Ecuador. Maestrante en docencia universitaria. Universidad Cesar Vallejo. ORCID: https://orcid.org/ 0000-0002-5179-6358
- Estudiante de Enfermería. Quinto Ciclo. Área Biológica Biomédica. Universidad Técnica Particular de Loja, Ecuador. ORCID: https://orcid.org/ 0000-0002-2662-3009
- Estudiante de Enfermería. Quinto Ciclo. Área Biológica Biomédica. Universidad Técnica Particular de Loja, Ecuador, ORCID: https://orcid.org/ 0000-0003-2242-0199
Introducción
El trasplante de órganos, ha permitido salvar la vida de muchas personas. Consiste en trasladar un órgano, tejido o un conjunto de células de una persona (donante) a otra (receptor). Son acciones humanas que benefician la calidad de vida. Sin embargo, existen contraposiciones que califican como realidades tecnologizadas y deshumanizadas.
Existen corrientes de opinión que no justifican el trasplante porque lo consideran mutilación del cuerpo humano. El trasplante de órganos, sobrepasa las condiciones y convicciones culturales y de aquellos grupos sociales que cuestionan desde la moralidad y el respeto la segregación de órganos estructurales de la anatomía porque suponen pérdida de Derechos Humanos que en la esfera de la salud se relaciona directamente con la Bioética. También se considera que el proceso es costoso y que el riesgo de no encontrar con prontitud un donador o existan problemas respecto a la compatibilidad.
Es necesario que desde la práctica profesional de Enfermería se lleve a cabo la relación que existe con los cuatro principios bioéticos.
- Autonomía: respeto ante las decisiones nacidas de la voluntad de las personas.
- Beneficencia: el compromiso de hacer el bien.
- No Maleficencia: la obligación de no hacer daño, o si se da, hacer el mínimo necesario para conseguir el fin propuesto.
- Justicia: distribución equitativa de las cargas y los beneficios de nuestras acciones.
Desarrollo
“La Donación de órganos es un gesto altruista de otorgar nuestros órganos internos y tejidos a quien más lo necesita”
Parte 1
Derechos Humanos
La libertad, justicia y paz tienen por base el reconocimiento de la Dignidad y Derechos iguales e intrínsecos de todos los miembros de la familia.
Es importante que los derechos humanos sean privilegiados, para promover un desarrollo amistoso entre naciones combatiendo a la tiranía y la opresión.
Las Naciones Unidas mencionan: “su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y valor de la persona humana, en la igualdad de derechos entre hombres y mujeres, promover el desarrollo social y elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de libertad. A la par, se comprometen a asegurar, junto a la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, considerando que estos derechos y libertades son de mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso” 1
Es importante forjar la enseñanza de los derechos y libertades tanto en la educación como de los institutos, pueblos y naciones, así como proclama la asamblea general como un derecho universal de los humanos sin barreras de discriminación, aplicando reconocimiento multiverso. 2
Parte 2
Trasplante de Órganos
El trasplante de órganos, tejidos y células se ha convertido en una práctica mundial que puede prolongar la vida y mejorar su calidad.
La referida Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células señala:” La donación de órganos y tejidos, así como el trasplante no es solo un tema de salud, es de compromiso y cohesión social, es el reflejo del interés compartido por todos los ecuatorianos.”
Con el avance de la tecnología, se han implementado e impulsado grandes avances a raíz de los procedimientos de trasplante de órganos, mejorando la efectividad de oferta y disponibilidad de células, tejidos y órganos, mejorando así la demanda gracias a la incorporación de recursos humanos. 2
Tipos de donantes
Donante Vivo
Persona que sigue viva tras la donación de:
- Fluido, tejido renovable o células (sangre, piel, médula ósea)
- Parte de un órgano que tiene capacidad de regeneración (Hígado)
- Un órgano (Riñón)
Donante cadavérico
Persona fallecida:
- Muerte asistolia: muerte por paro cardio respiratorio (ausencia de latido cardiaco y de aspiración espontánea de más cinco minutos)
Muerte encefálica: es el cese irreversible en las funciones de todas las estructuras neurológicas, intracraneales, tanto de los hemisferios cerebrales como del troncoencéfalo.
Riesgo-Beneficio
Beneficios
- Se puede salvar una vida en peligro
- La cura de una enfermedad
- Se mejora la calidad de vida de la persona, una vez tenga un órgano en su cuerpo que funcione adecuadamente.
Riesgos
- El rechazo inmunológico se refiere aquellos casos en los que el sistema inmunológico de la persona receptora no reconoce al nuevo órgano como parte del organismo evitando con ello su correcto funcionamiento.
- conseguir un nuevo órgano por lo general la demanda de órganos suele ser mayor que el número de personas dispuestas o en la condición de realizar una donación de este tipo.
Parte 3
Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células
El proceso de Donación y Trasplante, constituye y expone la importancia del trabajo en equipo con aspectos humanos, técnicos y éticos, los cuales tocan nuestras concepciones más arraigadas respecto a la vida y a la aceptación de la muerte.
El trasplante de órganos es una alternativa eficaz de tratamiento para muchos pacientes con enfermedad funcional de órgano que ha ido avanzando, y cada ciudadano tiene derecho de aceptar o negarse a ser donante como se menciona en el Art. 29.- Donación, donde, como ciudadanos ecuatorianos, extranjeros legales del país, ciudadanos con libre elección de ser donante o manifestar lo contrario a su voluntad, especificando de manera clara y concisa donación a determinados órganos, tejidos y/o células.
Como profesional de Salud es importante aplicar el consentimiento informado ante cualquier procedimiento, siempre implicando los derechos humanos que se ven reflejados en el artículo 30.- Expresión de la Voluntad, Se entiende la libre y soberana decisión de una persona para dar su voluntad para la donación de componentes anatómicos, sin embargo, esta decisión se ve constatada en la cédula de identidad de los individuos y residentes legales del país, de la misma forma, si el individuo se niega a formar parte del grupo donante, no obtendría discriminación, ni menos validación y no podrá ser utilizada de modo público por ninguna autoridad, persona o medio de comunicación.
En el Art. 40.- Trasplantes a extranjeros de donante vivo, nos incentiva como profesionales a respetar las decisiones de cada paciente extranjero, así como debemos informarle sobre las políticas que nuestro país tiene ante el trasplante, para que sea quien decida ante una muerte repentina. 3
¿Por qué los profesionales de Enfermería deben difundir información sobre derechos humanos y trasplante de órganos?
- Responsabilidades y obligaciones de Enfermería son enfocadas desde la realidad objetiva mediante la condición facilitadora de difundir, educar sobre donación, trasplante de órganos y derechos humanos.
- Realzar protagonismos conlleva a armonizar situaciones que benefician y no vulneran los derechos humanos en la actividad médica de donación y trasplante de órganos.
Conclusión
- El trasplante de órganos contribuye de manera positiva hacia el receptor promoviendo la aplicación de los Derechos Humanos. Enfermería como profesión, fundamenta con ciencia y humanismo, aplicando y respetando los principios Bioéticos, respondiendo en sus funciones con valores que permitan mejorar la calidad humana.
- En Ecuador, la ley sobre la Donación y Trasplante de órganos, facilita la labor profesional que no es obligatoria sino opcional para quien quiera acatarla o no.
- Desde el rol de estudiantes de Enfermería, participar activamente en el estudio y análisis de las leyes que reglamentan el trasplante de órganos en el Ecuador, encaminan hacia el aprendizaje efectivo que a futuro permitirá desarrollar actitudes y aptitudes positivas durante la atención y cuidado a las personas que requieran someterse a trasplante de órganos.
Bibliografía
- La Declaración Universal de Derechos Humanos [Internet]. Un.org. 2021 from: https://www.un.org/es/ universal-declaration-human-rights/
- [Internet]. From: https://www.dpe.gob.ec/ derechos-humanos-y-de-la-naturaleza/
- [Internet]. 2021 Available from: https: //www.paho.org/ es/temas/ donacion-trasplantes.
- Ministerio de Salud Pública del Ecuador. Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células. 2011; Disponible en: http://www.donacion trasplante.gob.ec/ indot/wpcontent/uploads/ downloads/2013/11/ley_y_ reglamento_a_la_ley _organica_de_donacion _y_trasplantes.pdf



