Índice
Incluido en la revista Ocronos. Vol. VI. Nº 10–Octubre 2023. Pág. Inicial: Vol. VI; nº 10: 144
Autor principal (primer firmante): Laura Velázquez Hernández
Fecha recepción: 11/09/2023
Fecha aceptación: 08/10/2023
Ref.: Ocronos. 2023;6(10): 144
Autores:
Laura Velázquez Hernández, Grupo Administrativo de la Función Administrativa
Susana Moreno Lázaro, Grupo Administrativo de la Función Administrativa
Resumen
La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud (1) regula las prestaciones del Sistema Nacional de Salud
Palabras clave: Prestaciones, catálogo de prestaciones, cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud, garantía
Objetivos
El objetivo de este artículo es hacer un breve resumen de las prestaciones del Sistema Nacional de Salud.
Introducción
El capítulo I de la Ley de cohesión y calidad se ocupa de las prestaciones del Sistema Nacional de Salud, cuya garantía constituye uno de los principales objetivos de dicha ley, por lo que se les dedica una atención preferente.
Catálogo de prestaciones del Sistema Nacional de Salud
El catálogo de prestaciones del Sistema Nacional de Salud tiene por objeto garantizar las condiciones básicas y comunes para una atención integral, continuada y en el nivel adecuado de atención. Se consideran prestaciones de atención sanitaria del Sistema Nacional de Salud los servicios o conjunto de servicios preventivos, diagnósticos, terapéuticos, rehabilitadores y de promoción y mantenimiento de la salud dirigidos a los ciudadanos.
El catálogo comprenderá las prestaciones correspondientes a salud pública, atención primaria, atención especializada, atención sociosanitaria, atención de urgencias, la prestación farmacéutica, la ortoprotésica, de productos dietéticos y de transporte sanitario.
Cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud
La cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud es el conjunto de técnicas, tecnologías o procedimientos, entendiendo por tales cada uno de los métodos, actividades y recursos basados en el conocimiento y experimentación científica, mediante los que se hacen efectivas las prestaciones sanitarias. Se acuerda la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y se aprueba mediante Real Decreto. Se articula en torno a las siguientes modalidades:
- Cartera común básica de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud: comprende todas las actividades asistenciales de prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación que se realicen en centros sanitarios o sociosanitarios, así como el transporte sanitario urgente, cubiertos de forma completa por financiación pública.
- Cartera común suplementaria del Sistema Nacional de Salud: incluye todas aquellas prestaciones cuya provisión se realiza mediante dispensación ambulatoria y están sujetas a aportación del usuario. Incluye las siguientes prestaciones:
- Prestación farmacéutica.
- Prestación ortoprotésica.
- Prestación con productos dietéticos.
También incluye el transporte sanitario no urgente, sujeto a prescripción facultativa, por razones clínicas y con un nivel de aportación del usuario acorde al determinado para la prestación farmacéutica
- Cartera común de servicios accesorios del Sistema Nacional de Salud: incluye todas aquellas actividades, servicios o técnicas, sin carácter de prestación, que no se consideran esenciales y/o que son coadyuvantes o de apoyo para la mejora de una patología de carácter crónico, estando sujetas a aportación y/o reembolso por parte del usuario.
Las comunidades autónomas, en el ámbito de sus competencias, podrán aprobar sus respectivas carteras de servicios que incluirán, cuando menos, la cartera común de servicios del Sistema
Nacional de Salud en sus modalidades básica de servicios asistenciales, suplementaria y de servicios accesorios, garantizándose a todos los usuarios de este.
Conclusiones
El catálogo de prestaciones del Sistema Nacional de Salud tiene por objeto garantizar las condiciones básicas y comunes para una atención integral, continuada y en el nivel adecuado de atención y la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud es el conjunto de técnicas, tecnologías o procedimientos, entendiendo por tales cada uno de los métodos, actividades y recursos basados en el conocimiento y experimentación científica, mediante los que se hacen efectivas las prestaciones sanitarias.
Bibliografía
- Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud («BOE» núm. 128, de 29/05/2003).